La Fiscalía de Madrid presentó un recurso contra la decisión del juez Juan Carlos Peinado de retirar el pasaporte a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, y a su asesora Cristina Álvarez. El ministerio público argumenta que ambas mujeres tienen arraigo en territorio nacional y carecen de recursos que faciliten una fuga, criticando duramente las medidas cautelares impuestas.
El recurso cuestiona la decisión judicial emitida el 20 de junio de 2026, en la que el magistrado ordenó la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer cada 15 días ante el juzgado. La Fiscalía califica estas medidas como carentes de lógica y fundamentación suficiente.
Argumentos de la Fiscalía contra las medidas cautelares
El ministerio público sostiene que tanto Begoña Gómez como Cristina Álvarez no representan riesgo de fuga alguno. La Fiscalía fundamenta su posición en que ambas poseen vínculos sólidos con España, desarrollan sus actividades profesionales en el país y carecen de conexiones significativas con el extranjero que justifiquen las restricciones impuestas.
En su escrito, la Fiscalía señala que las investigadas cuentan con un arraigo evidente, describiendo su situación con las siguientes palabras:
indudable arraigo en territorio nacional, son españolas, sus familias son españolas y tienen también arraigo en territorio nacional; ambas desempeñan y han desempeñado sus actividades profesionales en España
Además, el organismo enfatiza que las dos mujeres:
carecen de nexos con el extranjero, en general o particular
Y agrega que:
carecen de bienes o activos que permitan dicha fuga e instalación fuera de España
Pesquisas patrimoniales descartaron sospechas infundadas
La Fiscalía destaca que se realizaron exhaustivas pesquisas patrimoniales autorizadas desde el propio juzgado, las cuales descartaron cualquier sospecha sobre bienes ilícitos. El ministerio público cuestiona la validez del argumento del juez sobre el riesgo de fuga con una afirmación contundente:
Y no será por la sospecha de bienes y ganancias ilícitas, a la vista del resultado de las exhaustivas pesquisas patrimoniales autorizadas desde el juzgado que descartaron las sospechas infundadas
El recurso también rechaza lo que califica como información falsa difundida en ciertos sectores mediáticos, refiriéndose específicamente a rumores sobre una supuesta nacionalidad dominicana de Gómez, lo que la Fiscalía describe como:
dato irreal sistemáticamente propagado en ciertos medios
Críticas a la obligación de comparecencia quincenal
Uno de los puntos más criticados por la Fiscalía es la obligación impuesta a las investigadas de comparecer cada 15 días ante el juzgado. El ministerio público considera esta medida desproporcionada y sin justificación razonable, calificándola de forma directa:
carece de sentido
El escrito fiscal va más allá al caracterizar el conjunto de medidas cautelares como:
carente de lógica y racionalidad
Según la Fiscalía, estas restricciones no solo resultan injustificadas desde el punto de vista legal, sino que además:
extiende una sombra de sospecha infundada
Acusación de confabulación contra el juez instructor
El aspecto más polémico del recurso presentado por la Fiscalía de Madrid es la acusación directa al juez Peinado de visualizar una confabulación sin fundamento. El ministerio público expresa su perplejidad ante la teoría sostenida por el magistrado con estas palabras:
No es fácil imaginar y asumir la confabulación que visualiza el instructor, por otro lado, planteada sin mayor justificación
La Fiscalía también cuestiona la validez del argumento del juez sobre un posible auxilio de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para facilitar una hipotética fuga, considerando esta suposición como parte de una narrativa sin sustento probatorio.
Contexto del proceso judicial
El juez Juan Carlos Peinado envió a Begoña Gómez a juicio con jurado por cuatro presuntos delitos. Fue en el marco de esta decisión que el magistrado estableció las medidas cautelares que ahora impugna la Fiscalía, justificándolas por un supuesto riesgo de fuga que el ministerio público rechaza categóricamente.
Las medidas impuestas el 20 de junio de 2026 incluyen la retirada del pasaporte tanto de Gómez como de su asesora Cristina Álvarez, la prohibición absoluta de salir del territorio español y la obligación de presentarse en el juzgado quincenalmente.
Preguntas frecuentes
¿Qué medidas cautelares impuso el juez a Begoña Gómez?
El juez Juan Carlos Peinado ordenó la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer cada 15 días ante el juzgado.
¿Por qué la Fiscalía recurre estas medidas?
La Fiscalía argumenta que Begoña Gómez y Cristina Álvarez tienen arraigo en España, carecen de nexos con el extranjero y no poseen bienes que faciliten una fuga, por lo que las medidas carecen de justificación.
¿Qué dice la Fiscalía sobre las pesquisas patrimoniales?
La Fiscalía señala que se realizaron exhaustivas pesquisas patrimoniales autorizadas desde el juzgado que descartaron las sospechas sobre bienes ilícitos.
El recurso presentado por la Fiscalía de Madrid representa una confrontación directa con las decisiones del juez Peinado, cuestionando tanto la proporcionalidad de las medidas cautelares como la fundamentación jurídica que las sostiene. El ministerio público defiende que las restricciones impuestas no se ajustan a la realidad de las investigadas y proyectan una imagen de peligrosidad procesal que considera infundada.

